Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con base a lo establecido en los artículos 57, 27 de la Convención de los Derechos del Niño y el Adolescente y 282 del Código Civil, declara: SIN LUGAR la Solicitud de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION (DISMINUCION), intentada por el ciudadano SIMON RAFAEL CABRERA VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 11.441.757, contra la ciudadana MARISOL DEL VALLE MONTAÑO SUBERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 11.005.898, domiciliada en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, quedando establecida la Obligación de Manutención, tal cual se estableció mediante Sentencia Firme pronunciada por este Juzgador en fecha doce de Noviembre del año dos mil doce (12/11/2.012), el cu.....