DECISIÓN
Por las razones anteriores de hecho y de derecho, conforme a lo establecido en los artículos 8, 365, 366, y 369 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente, y al o que también afirma el articulo 12 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR la solicitud de fijación de pensión de alimentos presentada por la ciudadana GREGORIA ADELAIDA GARCIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de Identidad N° 8.452.271, a favor de sus hijos JOSE ALBERTO LOZADA GARCIA y LISMARIS DEL VALLE LOZADA, domiciliados en Caripito Municipio Bolívar del Estado Monagas y decide:
PRIMERO: Se establece como pensión de alimentos el equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del salario mensual del demandado, cantidad que deberá ser depositada los cin.....