Por todo lo antes expuesto éste Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte justicia y declara CON LUGAR la solicitud de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana MILAGROS COROMOTO CARANAMA BRITO, en representación de la niña (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), contra el ciudadano JOSÉ MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, todos plenamente identificados. En consecuencia se condena al demandado JOSÉ MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, a cancelar por concepto de obligación de manutención para su hija antes mencionada, las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,°°) mensuales, que equivale al el 40.7% de un salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, previendo su ajuste en forma automática y proporcional en.....