En fuerza de las anteriores consideraciones este JUZGADO DEL MUNICIPIO CARIPE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes al convenimiento realizado en el acto de contestación de demanda por la ciudadana Monserrat Gregori Marti, en su carácter de Administradora General de la empresa Mercantil HOTEL SAMAN, C.A., ya identificadas. En consecuencia se declara la Nulidad Absoluta de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil HOTEL SAMAN, C.A. de fecha 13 de Agosto del año 2007, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 13 de Diciembre del año 2007, bajo el N° 53, Tomo A-11, por haberse omitido las formalidades previas de convocatorias y de los puntos a tratar en ella, conforme lo exige los estatutos sociales y el artículo 277 del Código de C.....