En consecuencia, este Juzgado del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente acción, que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, ha incoado la ciudadana YANNY FRANCISCA BRITO, contra de el ciudadano EMILIO HEREDIA CHACON, identificados anteriormente, y en tal virtud,
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para el JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, por lo que se acuerda remitir este expediente en forma original y en el estado en que se encuentra, con oficio al referido Juzgado, una vez que haya transcurrido el lapso legal correspondiente.