Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley" DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JUDITH XIOMARA BERMUDEZ MEDINA, YOLIMAR GREGORIA BERMUDEZ GONZALEZ Y PABLO ARCADIO BERMUDEZ MEDINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 11.212.698, 9.863.253 Y 11.211.001, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio ANAGIANNI PADRON, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 121.060.- por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia se declara a los ciudadanos: JUDITH XIOMARA BERMUDEZ MEDINA, YOLIMAR GREGORIA BERMUDEZ GONZALEZ Y PABLO ARCADIO BERMUDEZ MEDINA, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara: PASTOR VICTORIANO BERMUDEZ.-
El Ju.....