DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, tomando en cuenta y visto el gran legajo de recibos y bauches bancarios a favor de la ciudadana Ysidra Maria Rondòn Tamaronis, actora de esta causa en copias y originales abonados a la cuenta 04250014310100094152 a su nombre y a favor de las hijas menores del demandado en autos; donde evidentemente se demuestra que el obligado alimentista si cumple con sus obligaciones inherentes a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN y tomando en consideración el interés superior a favor de las menores gemelas; éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley" DECLARA: SIN LUGAR la demanda por Obligación de Alimentación, interpuesta por la ciudadana: YSIDRA MARIA RONDON TAMARONIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.837.198 .....