Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley" DECLARA: CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la ciudadana: MILAGROS MARISELA RODRIGUEZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.402.803, domiciliada en la calle El Cementerio, casa N° 03, de la Urbanización Antonio José de Sucre en la población de Barrancas, Municipio Sotillo Estado Monagas, a favor de su menor hija: (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes), contra el ciudadano PEDRO LUÍS MORENO PINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.864.256, venezolano, domiciliado en la urbanización Villa Betania en la ciudad de Puerto Ord.....