Por lo antes expuesto y habiéndose aplicado para el cálculo de las prestaciones sociales causadas durante la relación de trabajo y los otros beneficios demandados, el salario señalado por el accionante, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA : CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el Ciudadano JORGE LUIS RENGEL, condenándose a la parte demandada SEVIPRICA, C.A. pagar la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON 89/100 (Bs. 66.860,89).
Se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida en el presente proceso.