DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ENDRY BARRETO anteriormente identificados en contra de la empresa COORPORACION FUNERARIA VIRGEN DE LOURDES C.A.
SEGUNDO: se condena a la demandada COORPORACION FUNERARIA VIRGEN DE LOURDES C.A., pagar al demandantes lo siguiente: Al ciudadano ENDRY BARRETO la cantidad de CATORCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON 95 CENTIMOS (Bs. 14.743,95); por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a los intereses y la corrección monetaria, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se advierte a las partes que el lapso para interponer los recursos pertinentes, comienza a transcurrir a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de la publicación de la presente decisión