DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por e los ciudadanos ATILES MOQUETE, HERIBERTO VILLA en contra de la empresa ARQUITECO, C.A.
SEGUNDO: se condena a la demandada empresa ARQUITECO, C.A., pagar a los demandantes ATILES MOQUETE, HERIBERTO VILLA la cantidad de Treinta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Cinco Bolívares con 15 Céntimos (Bs. 37.755,15). En cuanto a la corrección monetaria y los intereses de mora, este Juzgado dará cumplimiento con el mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.