....De lo antes expuesto considera este Juzgador que aún cuando la parte demandante manifiesta en el libelo, que demanda solidariamente a la ciudadana ROXANA TORQUEMADA, La Juez de este Tribunal, procedió a admitir la demanda sin librar siquiera el respectivo cartel de notificación y considerando que es obligación de los jueces procurar la estabilidad de los procesos evitando que en los mismos se menoscaben derechos constitucionales, siendo el derecho a la defensa y al debido proceso garantías inherentes a la persona humana, en consecuencia, considera UTIL LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA,. ASI SE DECIDE.
Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas en nombre de la Republica y por autoridad de la ley y a los fines de garantizar el derecho a la defensa acuerda reponer la presente causa al estado que el Tribunal se Pronuncie sobre la admisión de la demanda por auto separado y para lo cual s.....