Se dictó auto resolutorio acordando reponer la causa al estado de emitir pronunciamiento sobre la admisión o no de la tercería, dejar sin efecto el acta de fecha 15 de febrero de 2024, la devolución del escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado Carlos Navarro, apoderado judicial del demandante, por cuanto se evidencia del referido escrito de terceria que están involucrados los intereses de la República.-