DECISIÓN
En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer del presente procedimiento de ESTIMACION E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el Abogado EDUARDO JOSE OVIEDO MENESES, en contra del ciudadano EDIXON MANUEL MONTENEGRO ROMERO; SEGUNDO: declina la competencia para conocer el mencionado caso en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS que resulte competente según distribución, y TERCERO: como consecuencia de lo anterior, se ordena remitir el presente cuaderno separado a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas mediante Oficio, a los efectos que proc.....