´En éste mismo acto la parte demandante estando presente, acepta la propuesta realizada; y ambas partes de común acuerdo establecen que el pago acordado, se realizará para el día miércoles veintisiete (27) de DICIEMBRE de 2023, y dicha cantidad será pagada al demandante, el ciudadano DANIEL ARMANDO ALCALÁ RODRÍGUEZ, y deberá dejar constancia de haber recibido dicha cantidad por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de ésta Coordinación del Trabajo. En este mismo acto este Tribunal, deja constancia que la parte demandante, el ciudadanl DANIEL ARMANDO ALCALÁ RODRÍGUEZ, y sus apoderados judiciales, manifiestan que con el presente acuerdo no tienen nada más que reclamar a la entidad de trabajo demandada DOCUMENTOS MERCANTILES, S.A., (DOMESA), por concepto de beneficios o indemnizaciones derivadas de la relación que mantuvo con la accionada, ni por ningún otro concepto judicial, de igual manera la entidad de trabajo demandada a través de sus apoderados judicial.....