Ahora bien en virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento en la demanda incoada por el ciudadano LUIS RUIZ , en contra de la empresa SEGURIDAD BUFALOS DE MONAGAS, C.A. por consiguiente: declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Ordénese el archivo del expediente, una vez se encuentren vencidos los lapsos de Ley.
Publíquese y Regístrese la presente decisión en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los veintinueve (29) días del mes de junio de dos mil quince (2015). 205°.....