Por las consideraciones anteriores, considera éste Tribunal no tener Jurisdicción para conocer de la solicitud por Incumplimiento de Contrato, ya que le corresponde a la Administración Pública por órgano de la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Maturín del Estado Monagas, pronunciarse sobre la misma. Y así se decide.
En consecuencia, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA FALTA DE JURISDICCIÓN DEL PODER JUDICIAL FRENTE A LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL (MINISTERIO DEL TRABAJO, INSPECTORÍA DEL TRABAJO) para seguir conociendo del presente procedimiento por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE BARES, RESTAURANTES Y SIMILARES DEL ESTADO MONAGAS contra la Entidad de Trabajo MOTEL L´ALHAMBRA; de conformi.....