Por las razones expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana: MARIA RAMOS DE APONTE, contra la empresa demandada, CACHORROS DE VENEZUELA, C.A., ambas partes identificadas plenamente en autos SEGUNDO: Se condena a la empresa a pagar a la actora la cantidad de DIECINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. F. 19.134,65).