Este Tribunal visto la aceptación conforme por parte del demandante y su apoderado judicial, suspende el traslado del Tribunal, fijada para este día, y procede a dar por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez transcurridos tres días hábiles, a partir de la presente fecha. Cúmplase. Siendo las 9:50 AM. Se dio por terminado el presente acto