Se dictó y publicó sentencia interlocutoria en el juicio incoado por el ciudadano JORGE MAITA en contra de las empresa UNIENDO METALES, C.A., ASOCIACIÓN COOPERATIVA UNIENDO METALES, R.L. Y PDVSA PETRÓLEO, S.A., C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales, mediante la cual se niega la medida Preventiva de Embargo y en consecuencia se declara improcedente la solicitud de la parte actora por no haberse configurado ni el fomus bonus iuris ni el periculum in mora, de conformidad con lo previsto en el artículo 137 LOPT.