Se dictó y publicó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante la cual se declaro DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, por la incomparecencia del demandante a la instalación de la audiencia preliminar, se deja constancia de la presencia de la representación judicial de la demandada PDVSA PETRÓLEO, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el juicio seguido por el ciudadano FERNANDO RONDÓN en contra de la empresa PDVSA PETRÓLEO, S.A., por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.