Por las razones ya expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en la ciudad de Maturín, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción intentada y se condena a la entidad de trabajo EXILON PETROLEUM DE VENEZUELA, C.A., a pagar a la parte actora ciudadano DAISELYS DEL VALLE ABREU PERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°13.029.246,