declara: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por los ciudadanos José Ángel Guainet y Sixto José Valdez identificado suficientemente en autos, en contra de Obras Públicas Estadales. SEGUNDO: Se le ordena a OBRAS PÚBLICAS ESTADALES dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 00161-10, de fecha 11 de mayo de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en todas y cada una de sus partes; advirtiéndosele que el presente mandamiento de amparo constitucional debe ser acatado, so pena de incurrir en desacato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.