Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por el ciudadano LUIS EDUARDO CASTRO RUIZ, en contra de la entidad de trabajo BOHAI DRILLIIN SERVICE VENEZUELA S.A. y CNPC SERVICES VENEZUELA, S.A. identificados en autos.