Declara: Primero: Con Lugar la Falta de Cualidad, alegada por la empresa CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A., S.A. Segundo: Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano: JOSÉ MARCANO, contra la empresa CONTROL DE SEGURIDAD Y PROTECCION, C.A. (CONSERPROCA)., identificados en autos, en consecuencia, se ordena a la demandada a cancelar la cantidad de Diez Mil Ciento Noventa y Un Bolívar con noventa y cuatro céntimos (Bs.10.191,94), por los conceptos y montos discriminados en la parte motiva de esta sentencia.