Se declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada el veintitrés (23) de octubre de 2006, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial; en consecuencia, se revoca la decisión publicada en fecha 01 de junio del 2006 por el referido Juzgado.
TERCERO: Se repone la causa al estado de que se celebre la audiencia preliminar.