Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, es Venezolano, de 17 años de edad, natural de San Vicente Estado Sucre, donde nació en fecha 04-04-1998, de Estado civil soltero, profesión u oficio Agricultor, hijo de INES MARIA MEDINA MARIÑO (V) y de ASUNCIÓN ROMERO (V), y con domicilio en Sector La Picapiedra, Calle Principal vía Nacional del Estado Sucre, teléfono No posee, todo de conformidad con lo en el Artículo 300 ordinal 2 del Código orgánico procesal Penal, toda vez que el hecho objeto del proceso, no se les puede atribuir en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños,.....