En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Función de Control de la Sección para la Responsabilidad del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, (plenamente arriba identificado), de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "D", 529 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, y el Artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no existen suficientes elementos de convicción que demuestren su responsabilidad penal. En consecuencia se Decreta su Libertad Plena y cesa la medida cautelar que pesa sobre el mismo. Notifíquese a las partes, se ordena oficiar al Coordinador del Servicio Social del Circuito Judicial Penal de Monagas, a los fines de informarle de la presente decisi.....