Se declara en REBELDÍA a la imputada identidad omitida, por la presunta comisión de los delitos de ROBO FUSTRADO EN GRADO DE COAUTORIA , previsto y sancionado en el artículo 455, 80 Y 83 Del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del ciudadano LOPEZ LORENZO, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente; en consecuencia se ordena la CAPTURA del mismo