Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Se Decreta Primero: la Libertad Plena y sin restricciones de los adolescentes por IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNA POR la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS 34 de la extinta Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en virtud de que no consta en actas suficientes elementos de convicción que hagan presumir la participación de los jóvenes señalado de auto en el hecho delictivo que le imputa el Ministerio Público en este acto como es el OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACI.....