Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control de la Sección para la Responsabilidad Penal de los adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial de Maturín Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Décimo del Ministerio Público, contra la joven adulta IDENTIDAD OMITIDA ART 65 LOPNNA como perpetradora del tipo penal HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 ordinales 3 y 4 del Código Penal, en perjuicio de la Licorería y Distribuidora El Sociale C.A de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos, haciendo suyas los medios de pruebas a la defensa siempre y cuando favorezcan a su representado en virtud del principio de comuni.....