DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se califica la Flagrancia y se ordena se siga el proceso por las normas del procedimiento Ordinario. Por ser legitimo la aprehensión del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTORIA; previsto y sancionado en el artículo 455 y 83 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana PAOLA CRISTINA ABOU FARAGE MASTROFILIPO. Por estar lleno los extremos de los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: A los fines de asegurar las resultas del proceso se hace necesario la aplicación de Medidas Ca.....