DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, intentado por la empresa AGUAS DE MONAGAS, C.A., antes identificada, en contra del Acto Administrativo solicitado. SEGUNDO: Se CONFIRMA la Providencia Administrativa Nº N° 00095-2012 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 11 de julio de 2012, contenida en el Expediente Nº 044-2011-01-00904, mediante la cual ordena el reenganche y pago de los salarios caídos, del ciudadano MARCOS EDUARDO BARCENAS, plenamente identificada en autos. TERCERO: Se revoca la medida de suspensión de efectos del acto administrativo, en consecuencia, Comuníquese al Inspector del Trabajo de esta decisión una vez que quede firme la sentencia. CUARTO: Se ordena notificar al Procurador General de la Republica y al Procurador General del Estado Monagas, líbrese oficio, agréguese copia certificada de la presente decisión. CUMPLASE QUINTO: No hay condenatoria en costas por la especialidad del recurso de nulidad d.....