DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, intentado por la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES EFIGENIA, C.A., antes identificada, en contra del Acto Administrativo solicitado. SEGUNDO: Se ANULA la Providencia Administrativa Nº 00114-2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 10 de agosto de 2012, contenida en el Expediente Nº 044-2012-01-00355, mediante la cual ordena el reenganche y pago de los salarios caídos, del ciudadano NICOLAS ANTONIO ORTIZ, plenamente identificada en autos, TERCERO: Por cuanto la presente decisión, se publica fuera del lapso legal, se ordena notificar a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y al Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, líbrese oficios y notificación correspondiente, agréguese copia certificada de la presente decisión. Una vez conste en autos la última de las.....