Se dicto y publico sentencia Interlocutoria, se declaro. IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos de Acto Administrativo solicitada; NIEGA ACORDAR LA MEDIDA PREVENTIVA DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS del Acto Administrativo contenido en la providencia administrativa signada con el Nº 00084-2017, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 13 de febrero de 2017, dictada dentro del Procedimiento Administrativo signado con el N° 044-2016-01-00800, que declaró CON LUGAR la solicitud de Autorización para Despedir, incoada por la empresa TURISMO MONTE DE ORO C.A., en contra del ciudadano ORLANDO RAFAEL MALAVE.