declara PROCEDENTE la denuncia interpuesta por el ciudadano MARCO ANTONIO ACABAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.332.254, y ordena el Reenganche y Restitución de la situación jurídica infringida. SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto, y en consecuencia, se ordena de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la notificación del INSPECTOR DEL TRABAJO DE MATURIN ESTADO MONAGAS, acordando solicitarle la remisión de los antecedentes administrativos, correspondientes al presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 ejusdem; de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y a la FISCALIA GENERAL DE LA REPÚBLICA; y asimismo, se ordena la notificación del ciudadano MARCO ANTONIO ACABAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.332.254, en virtud de ser afectado por el Acto Administrativo impugnado; de conformidad con .....