Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo Superior del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación planteado por la parte demandante Ciudadano RODOLFO JESUS RODRIGUEZ DIAS, SEGUNDO: REVOCA la Sentencia recurrida dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha trece 13 de Octubre de 2021, y TERCERO: declara CON LUGAR la presente demanda incoada por la Ciudadano antes mencionada contra la empresa CNPC SERVICES VENEZUELA LTD. S.A. CUARTO: se ordena el pago de la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA BOLÍVARES con 80/100. (Bs. 828.870, 80), por los conceptos señalados en la parte motiva de esta decisión, más la experticia ordenada por indexación e intereses.....