Por las razones anteriores este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la recusación propuesta por la abogada Yusangel López, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A., contra del abogado EDGAR C. AVILA L., en su condición de Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.