CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, REVOCA el fallo de fecha 13 de Julio de 2011; deja sin efecto las actuaciones correspondientes al inicio de la Audiencia preliminar y a su prolongación, y en tal sentido, REPONE la causa al estado procesal de que el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas ordene realizar un cómputo por Secretaría de los días continuos transcurridos contados desde la fecha de la última notificación, exclusive, de conformidad con el artículo 96 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República a los fines de verificar el cumplimiento de los noventa (90) días de suspensión, y, en caso de no haberse cumplido dejar transcurrir los mismos, y, vencidos éstos debe iniciar el cómputo el lapso de los diez (10) días hábiles para el indicio de la audiencia Preliminar de conformidad como lo dispone la Ley Orgánica Procesal del Tra.....