En mérito de lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y con fundamento a lo establecido en los artículos 75, 76, 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3, 18, 19, 24 de la Convención de los Derechos del Niño, 7, 10, 32, 41, 42, y 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Declara: CON LUGAR la solicitud de COLOCACIÓN FAMILIAR intentada por el ciudadano LUIS ERNESTO CHAPARRO ARRIOJAS, a favor de su sobrino Cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, y en consecuencia, se le atribuye la Responsabilidad de la Crianza, así como la Custodia, conforme lo dispone los artículos 358 y 396 de la LOPNNA, qued.....