Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano JESUS JUVENAL BRITO ROSA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-13.783.108, de 34 años de edad, de profesión u oficio: mecánico, nacido en fecha 02-08-1977, natural de Puerto FERMIN EDO-Nueva Esparta, residenciado en: Av. BELLA Vista, Urbanización VILLA DEL OESTE, CASA NUMERO R-06. Teléfono; 0416-4831928, hijo de: Silvia de Brito, (V) Y DE: José Brito, en situación de flagrancia, de reciente data, perseguible de oficio y cuya acción penal no se halla evidentemente prescrita, determinado por el delito de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 en su encabezamiento y primer aparte y el delito de VIOLENCIA FISICA establecido en el articulo 42 encabezamiento, y segundo aparte todos de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio.....