Este Tribunal ordena la Declinatoria de Competencia de la presente causa al Tribunal de Control (penal ordinario) en funciones de Guardia del Circuito Judicial del Estado Monagas En atención a lo antes señalado, y frente a tales circunstancias con fundamento jurídico en el artículo 64, primer aparte, de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres a una vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 181 Eiusdem. Y Librándose boleta de traslado para el día de mañana MIÉRCOLES 18 DE SEPTIEMBRE 2013, A LAS 8:30 HORAS DE LA MAÑANA, a la sede de este Circuito Judicial Penal quien deberá ser entregado al Tribunal de Guardia en funciones de Control de la Jurisdicción Penal Ordinaria. .