Este Tribunal Primero en Función de Control, Audiencia y Medidas especializado en Violencia Contra la Mujer, del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano ALEXIS JOSE RONDON MAIZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 42 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia desestimando lo solicitado por el Ministerio Público de la circunstancia agravante del segundo aparte por cuanto se evidencia del acta de denuncia de la ciudadana víctima que los actos de agresiones no se realizaron en el ámbito domestico, condición ésta a los fines de configurarse esa circunstancia agravante, en perjuicio de la ciudadana MARIELA COROMOTO ALZUETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 ejusdem; se desestima lo expuesto .....