Por cuanto de las actas emergen elementos probatorios suficientes que comprometen la conducta del imputado LUIS MANUEL ZAPATA MARQUEZ, ", titular de la cédula de identidad Nº V-19.781.317 de 30 años de edad, por haber nacido en fecha 28-04-1985, estado civil SOLTERO de profesión u oficio: AGRICULTOR, hijo de: ZENAIDA MARQUEZ (V) y VICENTE ZAPATA (V) residenciado en: CALLE EL JOBO CASA S/N, ARAGUA D MATURIN, MUNICIPIO, PIAR este Tribunal considera procedente ADMITIR la acusación presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Monagas, así como la calificación Jurídica dada por esta, contra del acusado LUIS MANUEL ZAPATA MARQUEZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el articulo 42 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE DE 16 AÑOS PARA EL MOMENTO DE LOS HECHOS IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por cuanto se encuentran llenos los extremos estable.....