este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de violencia contra la mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinal 3º ejusdem, DECRETA medida cautelar sustitutiva en contra del imputado HECTOR DANIEL LARA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.666.799, consistente en presentaciones ante el Departamento de Alguacilazgo, cada sesenta (60) días a partir del día 25-07-11. Asimismo, se acuerdan como Medidas de Protección y Seguridad a la ciudadana víctima, las contempladas en los numérales 3°, 5° y 6° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, consistentes en a.-) Se ordena la salida del imputado de la residencia en común, independientemente de su titularidad b......