este Tribunal Segundo de Violencia de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO FORMAL DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra del ciudadano CARLOS JOSE MATA, titular de la cedula de identidad V-12.429.921, de quien no consta más datos filiatorios en la presente causa, ello de conformidad con el artículo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado y así se decide. se ordena el cese inmediato de toda medida de coerción personal, cautelar o de aseguramiento impuesta al ciudadano CARLOS JOSE MATA, ampliamente identificado en autos. Remítase la presente.....