Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE la presente querella en cuanto a derecho se refiere.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida de Amparo cautelar solicitada de manera conjunta en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, incoado por el ciudadano JOSÉ ROBERTO PADRON SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.320.770, asistido por el abogado Miguel Eduardo Martínez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 155.517, contra la POLICIA SOCIALISTA DEL ESTADO MONAGAS.
TERCERO: Se admite la querella funcionarial y se ordena la citación del Procurador General del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el articulo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, para.....