III
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos AIDA ANTONIETA FIORE GUZMAN y EDGAR ALEXANDER VELIZ NOGUERA, titulares de la cédula de Identidad Nros V-11.008.586 y V-12.148.925, respectivamente, asistidos por el Abogado Norberto Rojas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 179.439, contra la Gobernación del Estado Monagas.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para el conocimiento de la presente demanda ante el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Docume.....