V
DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por el ciudadano YOEL JOSE BRITO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.160.335, representado judicialmente por el Abogado Wilman Fernando Jiménez Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.230, contra la POLICÍA DEL ESTADO DELTA AMACURO.
SEGUNDO: se declara la Nulidad Absoluta del acto administrativo contenido en el Acta Administrativa N° 030/2018, que declaró procedente la destitución del funcionario policial YOEL JOSE BRITO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.160......