III
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente demanda de Contenido Patrimonial (Cumplimiento de Contrato), incoada por la ciudadana NELYS CRISALIDA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.718.229, actuando en su carácter de Presidenta de la empresa SERVICIOS FUNEBRES MADRE MARIA DE SAN JOSE, debidamente protocolizada ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, bajo el N° 113, tomo 58-A, RM MAT, de fecha 29 de agosto de 2.012, e inscrita ante el Registro de Información Fiscal bajo el N° J-4013452-0, asistida por el abogado en ejercicio, ANTONIO PULFICIO JIMENEZ, inscrito en el Instituto de.....